La vigilancia de la salud en los trabajadores

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La vigilancia de la salud de los trabajadores se refiere a una serie de actividades, en alusión tanto a individuos como a colectivos, que tiene la finalidad de prevenir y proteger la salud de estos dentro del plan de prevención de Riesgos Laborales.

Para la vigilancia de las enfermedades y lesiones de origen profesional se debe hacer un control sistemático y continuo. La idea es prevenir y controlar los riesgos profesionales, así como las enfermedades y lesiones asociadas a ellos. La vigilancia de la salud es, por tanto, uno de los instrumentos que utiliza la Medicina del Trabajo para controlar y hacer el seguimiento de la repercusión en salud en las condiciones del trabajo.

Los dos tipos de objetivos en la vigilancia de la salud

La vigilancia de la salud se clasifica en dos partes para perseguir:

  • Objetivos individuales, donde se persiguen tres cosas fundamentalmente:
    • La detección precoz de las alteraciones de la salud del trabajador.
    • La identificación de los trabajadores que son especialmente sensibles a determinados riesgos para su salud.
    • La corrección, mediante “educación sanitaria”, de conductas, hábitos y costumbres perjudiciales para la salud.
  • Objetivos colectivos, centrados en el diagnóstico de la situación y la detección de nuevos riesgos. Al mismo tiempo, se deberá:
    • Incorporar al plan de prevención las medidas surgidas de la vigilancia de la salud.
    • Evaluar la eficacia del plan de prevención gracias a la evolución del estado de salud del colectivo.

Requisitos de la Vigilancia de la salud

¿Qué requisitos debe cumplir? La Vigilancia de la Salud debe ser garantizada por el empresario, puesto que “La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) establece que corresponde al empresario la vigilancia de la salud del personal al servicio de una empresa”. También debe ser voluntaria para el trabajador, confidencial, ética, de contenido ajustado a la normativa aplicable a la LPRL y prolongada en el tiempo.

Al mismo tiempo, deberá ser realizada por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o diplomados en Medicina de Empresa y enfermeros de empresa.

La Vigilancia de la Salud deberá abarcar:

  • Una evaluación inicial de la salud de los trabajadores, después de la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud.
  • Una evaluación de la salud periódica específica, que no tiene por qué ajustarse a intervalos regulares. Podrá ser por trabajar con determinados productos, en determinadas condiciones, según riesgo/s determinados por la evaluación de riesgos, o a petición del trabajador.
  • Una evaluación de la salud después de una ausencia prolongada por motivos de salud.

En definitiva, la Vigilancia de la Salud, sirve para identificar los problemas, planificar la acción preventiva estableciendo prioridades de actuación y evaluar la eficacia de las medidas preventivas.